Domingo, 01 de Febrero de 2026 | 04:14

El BCRA ajusta plazos y flexibiliza normas para exportaciones e importaciones

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) anunció este 28 de noviembre una serie de modificaciones a la normativa de Exterior y Cambios, detalladas en la Comunicación “A” 8137. Los cambios incluyen ajustes en los plazos de ingreso y liquidación de divisas por exportaciones, además de flexibilizaciones para ciertas operaciones internacionales, con el objetivo de mejorar la operatividad del sector exportador e importador.

 

 

Principales novedades

  • Plazos más cortos para productos específicos 

Exportadores de bienes como trigo, soja y sus derivados deberán ingresar y liquidar divisas en un plazo de 30 días corridos desde el cobro. Este        ajuste, que afecta a determinadas posiciones arancelarias, busca un mayor dinamismo en el flujo de divisas al país.

  • Extensión de plazos para otras liquidaciones 

Los clientes tendrán hasta 20 días hábiles para ingresar divisas por exportaciones de bienes y servicios, ventas de activos no financieros no            producidos, devoluciones de pagos de importaciones y liquidaciones de seguros cobrados en moneda extranjera. Esto otorga mayor flexibilidad        en comparación con disposiciones previas.

  • Normas para financiaciones internacionales       

Exportadores que utilicen prefinanciaciones, post financiaciones o anticipos del exterior dispondrán del mismo plazo de 20 días hábiles para            liquidar, alineando los requerimientos con los tiempos de acceso a financiamiento internacional.

  • Pagos de servicios al exterior

Se reduce a 30 días corridos el plazo para cursar pagos de servicios internacionales bajo ciertos conceptos, como "otros servicios personales, culturales y recreativos". Esta medida aplica exclusivamente a servicios provistos por contrapartes no vinculadas al residente.

  • Declaraciones juradas para justificación de fondos

Se permitirá a los clientes justificar excedentes de fondos en cuentas bancarias extranjeras mediante declaraciones juradas. Esto aplica para fondos originados en desembolsos de endeudamientos financieros recientes, siempre que cumplan con los requisitos del BCRA.

Implicancias para el comercio exterior

Las modificaciones introducidas por el BCRA parecen apuntar a un balance entre la necesidad de garantizar el ingreso de divisas al mercado local y facilitar la operatividad de empresas exportadoras e importadoras. Los plazos extendidos para ciertas liquidaciones podrían aliviar tensiones logísticas, mientras que los ajustes en sectores específicos reflejan la prioridad del gobierno en maximizar la disponibilidad de divisas clave.

Con estas medidas, el BCRA continúa ajustando su marco normativo para responder a las dinámicas del comercio internacional, manteniendo a la vez el control sobre el mercado cambiario.

 

 

 

Fuente: www.Netnews.com.ar

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