Lunes, 29 de Abril de 2024 | 15:55
ECONOMÍA 01.03.2023

Moratoria previsonal

El pasado 28 de febrero se sancionó la nueva moratoria previsional 2023. A continuación se explican los alcances que tendrá aunque podría sufrir modificaciones dentro los 90 días que tiene la ley para su promulgación.


a) Unidad de pago de deuda previsional= un mes de servicios

  • Permite regularizar deuda anterior a diciembre de 2008
  • Puede ser adquirida por personas(cuac) y derechos habientes del causante. Rige por 2 años desde su vigencia, pudiendo ser prorrogado
  • Se incluye a quienes tienen la edad y están a dos años de cumplirla “desde la vigencia” de la presente.
  • Los derechos habientes del art 53 pueden adherir siempre que existiera inscripción previa al Sipa formalizada ante ANSeS o Afip.
  • Para acceder se pide tener cumplida la edad del art 19 y haber residido en el país y no tener simultaneidad en los periodos a regularizar.
  • Se pueden adquirir todas las unidades necesarias y sirve para acreditar el mínimo de la Pbu (no se aplica a pap ni pc)
  • Equivale al 29% de la base mínima imponible del art 9 de la ley 24.241 a la fecha de SOLICITUD DE LA PRESTACION previsional.
  • Máximo de cuotas 120
  • Anses será el encargado de poner parámetros objetivos para el acceso a las mismas y a la evaluación patrimonial y socio económica.
  • Anses descuenta las cuotas.
  • Cuotas sujetas a la movilidad del art 32.
  • Fecha inicial de pago es la fecha de solicitud si cumple los requisitos.
  • El beneficio previsional obtenido con este plan es incompatible con el goce de otra prestación de cualquier naturaleza (contributiva o no contributiva), salvo que el titular perciba a la fecha de solicitud fuera contributiva y no supere el importe equivalente a una jubilación mínima.

 

 

 

b) Unidad de cancelación de aportes previsionales para trabajadores en actividad 

  •  Permite regularizar deuda anterior al 31.03.2012, no permite su simultaneidad.
  • Para acceder a la Unidad de Cancelación de Aportes Previsionales para Trabajadores y Trabajadoras en actividad será necesario: 

a) Ser mayor de 50 años la mujer y 55 el hombre, y menor de 60 años la mujer y 65 años el hombre;

b) acreditar ingresos que permitan la justificación del pago de la unidad, conforme lo establezca la reglamentación pertinente;

c) Haber residido en el país y no haberse encontrado prestando servicios bajo relación de dependencia registrada o en carácter de autónomo/a y/o
monotributistas en el período en que se pretende adquirir la Unidad de Cancelación de Aportes Previsionales para Trabajadores y Trabajadoras en
actividad, contando desde los 18 años y hasta la fecha establecida en el artículo 3o de la presente (31.03.2012)

  • Valor 29% del mínimo imponible del art 9 de la ley 24.241.
  • Debe ser registrado en la historia laboral del ciudadano.
  • Valor de la unidad es el vigente al mes en que se abona efectivamente.
  • Pago voluntario durante todo el mes, sino paga no se registra y no genera deuda.

 

Disposiciones complementarias

  • Para la determinación de la condición de aportante prevista en el artículo 95 de la ley 24.241 y la aplicación de las previsiones del decreto 1.120/94 (redacción sustituida por el decreto 460/99), se podrán considerar servicios reconocidos por el presente plan solo en el supuesto de que las trabajadoras y los trabajadores acrediten el mínimo de años de servicios con aportes exigidos en el régimen común o diferencial en que se encuentren incluidos para acceder a la Prestación Básica Universal (PBU), en cuyo caso se considerará aportante regular.
  •  Asimismo, se considerará aportante irregular con derecho quien acredite doce (12) meses de aportes dentro de los sesenta (60) meses anteriores a la fecha de solicitud del retiro por invalidez o la fecha de fallecimiento del afiliado en actividad, siempre que acredite el cincuenta por ciento (50 %) del mínimo de años exigido para el goce de la Prestación Básica Universal (PBU).
  •  Del mismo modo podrán utilizarse servicios reconocidos en el presente plan para acreditar el cincuenta por ciento (50 %) del mínimo de años exigido por el régimen común o diferencial para acceder a la Prestación Básica Universal, para ser considerado aportante irregular con derecho
  •  90 días para reglamentar

 

Ley Completa AQUÍ

 

 

Fuente: www.NetNews.com.ar

DEJE SU
COMENTARIO

0 comentarios

IMPORTANTE: Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellas pueden ser pasibles de las sanciones legales que correspondan. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algun comentario violatorio del reglamento será eliminado e inhabilitado para volver a comentar.

campos obligatorios

POLITICA | 22.04.2024

Milei y el Pacto de Mayo, una evocación de la convulsa historia fundacional de Argentina

Milei y el Pacto de Mayo, una evocación de la convulsa historia fundacional de Argentina
COMENTAR
COMPARTIR

El llamado del presidente Javier Milei a firmar un gran acuerdo con las provincias en Córdoba para el próximo 25 de mayo, representa una ambiciosa apuesta de gobernabilidad. Llamado por el propio gobierno Pacto de Mayo, mientras algunos otros lo denominan Pacto de Córdoba, busca establecer diez puntos inquebrantables para un nuevo orden económico. 

COMERCIO EXTERIOR | 15.04.2024

Santa Fe se posiciona como usina de exportadores

Santa Fe se posiciona como usina de exportadores
COMENTAR
COMPARTIR

El pasado 10 de abril el gobierno de Santa Fé presentó la doceava edición de “Semana Comex” que tendrá lugar los días 2,3 y 4 de octubre en la Estación Belgrano de dicha ciudad. El encuentro, que ya se posiciona como líder en la región, tiene como objetivo fomentar el desarrollo de nuevos exportadores y potenciar el de los que ya se han consolidados, a partir de una nutrida agenda de actividades y servicios.

AGENDA